PROYECTO DE LEY DE GUARDERIAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
             PROYECTO   DE LEY   D 160/14-15    EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE  LEY   SALAS MATERNALES Y GUARDERIAS EN EL AMBITO DE TRABAJO     ARTICULO 1°: BENEFICIO DE SALA MATERNAL Y/O GUARDERIA.   Declarase obligatoria para las empresas que desarrollen su actividad, principal o accesoria, total o parcialmente   en la provincia de buenos aires, y cuyo personal estable o transitorio llegue a cincuenta (50) personas o más, la instalación de Salas Cunas y Guarderías Infantiles para el cuidado de los hijos del personal indicado   ARTICULO 2°: ATENCION MÉDICA.   Los establecimientos a que se refiere el artículo anterior deberán instalar en lugar apropiado un consultorio para la asistencia médica gratuita de urgencia y primeros auxilios de los niños que estén en dichas salas cunas y guarderías infantiles.   ARTICULO 3°: SUJETOS COMPRENDIDOS.   La presente ley alcanza a los trabajadores y trabajadoras que efectivicen su pres...