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Mostrando las entradas de marzo 22, 2009

nuevo modelo de acuerdo administrativo

Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.- En la Ciudad de………………., a los ...........días del mes de ...........................de 2009, siendo las ...............horas comparecen ante mi, funcionario actuante del Ministerio de Trabajo, por la parte trabajadora..........................................., quien acredita identidad con documento .........Nº...............................acompañando fotocopia del mismo en este acto, con domicilio en la calle........................................ ..................................Nº........ de ....................................., manifiesta que ingreso a trabajar con fecha..........................para la empleadora, desempeñándose como ................................................según convenio del gremio ................................................, percibiendo una remuneración de pesos ...........................................................($.........) por mes. Habiéndose producido el distracto con fe

Apruébase el Reglamento del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto Nº 1567/74.

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  Superintendencia de Seguros de la Nación SEGUROS Resolución 30.729/2005   Bs. As., 27/9/2005 VISTO el Decreto Nro. 1567, de fecha 20 de noviembre de 1974, el cual instituye a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION como órgano de aplicación del sistema del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio para trabajadores en relación de dependencia, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución SSN Nro. 29.079 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias Nros. 29.182 y 29.734 de fechas 1 de abril de 2003 y 19 de febrero de 2004 respectivamente, se aprobó el Reglamento del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto Nro. 1567 del 20 de noviembre de 1974. Que a partir del Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2004 aprobado por Ley Nro. 25.827 se declara la naturaleza extrapresupuestaria de los fondos de la Caja Compensadora del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio. Que tal situación es factor determinante para establecer la ad

Nueva ley de amparo provincial

Fundamentos de la Ley 13928 La Plata, de Abril de 2008 La Acción de Amparo ha sido incorporada expresamente al texto de la Constitución Provincial por la reforma de 1994, estableciendo esta garantía de derechos constitucionales en su artículo 20, inciso 3). Previamente, la Constitución de 1934 no contemplaba este instituto, circunstancia que no impidió a la provincia sancionar en 1965 la Ley 7166, que reglamentó el ejercicio de este derecho, y se convirtió en una referencia obligada para legislaciones de otras jurisdicciones provinciales, además de posibilitar el dictado al año siguiente de la Ley Nacional 16.986, norma que reconoce la influencia y el preciado antecedente de aquella. En la actualidad la garantía del Amparo se halla  incorporada en las constituciones de la Provincia de Tierra del Fuego, Chubut, Neuquén, La Pampa, Córdoba, Santa Fe,  San Luís, Entre Ríos, Santiago del Estero, San Juan, Salta y Jujuy.