Reconocen derecho a la indemnización a trabajador trasladado


Reconocen derecho a indemnización a trabajador trasladado compulsivamente Buenos Aires.- La Justicia laboral le reconoció el derecho a la indemnización a un trabajador que fue despedido por no aceptar el traslado desde su puesto de trabajo, en la Capital Federal, a otra sucursal de su empleadora en la provincia de Córdoba.La Sala Uno de la Cámara laboral, según un fallo al que hoy tuvo acceso DyN, entendió que la empleadora “ni siquiera mencionó cuáles serían las razones por las que, funcionalmente y atendiendo a la índole de las tareas realizadas por el trabajador, era conveniente el traslado a otra sede ubicada en otra provincia”.Los jueces Julio Vilela y Jorge Puppo resolvieron así el planteo del trabajador Fernando Brenca, quien fue despedido por la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán en 2004.“El ejercicio de los poderes empresarios de dirección y organización, en tanto éstos fueran exorbitantes al régimen común de los contratos, deben ser ejercidos conforme a las pautas que dimanan de todo poder en un régimen constitucional”, reivindicaron los jueces.“Siendo contrario a nuestro orden jurídico que el poder sea ejercido por opciones arbitrarias... la falta de invocación de las razones empresarias que fundaron el traslado impide aceptar el ejercicio del poder de organización como legítimo”, añadieron, al aceptar el reclamo del trabajador.Así, el tribunal dispuso que el trabajador tiene derecho a percibir una indemnización que cuantificó en unos 40.000 pesos más intereses.(DyN)

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